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jueves, 28 de diciembre de 2017

ANALISIS NIC


Se analiza cada NIC al detalle y ademas se les brinda ejercicios de cada  NIC

Podrá declarar y pagar impuestos desde el celular en 2018

La sunat lanzó el "Servicio Mis Declaraciones y Pagos", una nueva plataforma para que los contribuyentes accedan de manera más simple a los formularios virtuales para elaborar y presentar declaraciones mensuales, efectuar el pago de los importes declarados y consultar los formularios en trámite. 

 El ente recaudador informó que el uso de la nueva plataforma se podrá hacer desde su página web (www.sunat.gob.pe) o instalando previamente el aplicativo en una computadora personal. También, se podrá acceder a dicho mecanismo desde la app Sunat para teléfonos celulares.
En una primera parte de la implementación del mencionado servicio, la Sunat pondrá a disposición de los contribuyentes los formularios virtuales referidos a IGV-renta mensual (Formulario 621), así como los correspondientes a agentes de retención (Formulario 626), agente de percepción adquisición de combustible (Formulario 633) y agente de percepción ventas internas.
Luego se incorporará gradualmente otras declaraciones juradas, de tal manera que el citado servicio se convertirá en el único que tendrán los contribuyentes para presentar sus declaraciones determinativas ante la Sunat.
"Este nuevo servicio  ayudará a mejorar, de manera significativa, el índice de competitividad de 'Doing Business' del Banco Mundial, referido al pago de impuestos debido a que simplificará el proceso para presentar la declaración de impuestos", destacó la Sunat.


Este viernes 29 vence el plazo para sincerar deudas ante la Sunat

contribuyentes que no hayan declarado ingresos dentro o fuera del país pagarán menos impuestos por ponerse al día.
El próximo viernes 29 de diciembre vence el plazo para que los peruanos que tengan dinero o bienes no declarados ante la Sunat, en el país o el extranjero, puedan sincerarlos sin pagar multas ni intereses, bajo el mecanismo de la repatriación de capitales aprobada a inicios del 2017 por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
A este mecanismo, al que ya se han acogido cerca de 300 peruanos por montos cercanos a los S/720 millones, según la Sunat, podrán adherirse solo las personas naturales que no hayan declarado sus ingresos al fisco hasta el 31 de diciembre del 2015, tal como indica el tributarista Luis García Romero.
“La idea es que las personas puedan sincerar sus ingresos y por todos sus ingresos que tengan en el extranjero o incluso en el Perú y por los que no hayan estado tributando en los últimos años puedan acogerse a esta amnistía”, comentó el socio del Estudio Muñiz.

Descuento especial

El abogado explicó que si el capital solo es declarado o repatriado, el contribuyente deberá pagar el 10% del total por Impuesto a la Renta, pero si el monto regresa y se re invierte en el país la tasa es de solo 7%
Para acceder a esta mejor tasa, el capital deberá invertirse en instrumentos financieros de bancos o cajas supervisadas por la SBS, como cuentas de ahorro o depósitos a plazos, en acciones o fondos mutuos, en la compra de bonos o letras del gobierno, en inmuebles y en instrumentos de deuda de empresas. Todos estos deben haber sido emitidos en el Perú.